Cómo leer la INFORMACIÓN EXOGENA de la DIAN

Si llegaste aquí, es porque tienes dudas sobre algún concepto que te encontraste en el reporte de Información exógena en la DIAN o también estas aquí porque no sabes por donde es que se ve esta información, entre otras razones que queremos resolverte en este articulo.

Primeramente, debes descargar la información exógena en la plataforma de la DIAN, con el siguiente paso a paso:

  • www.dian.gov.co > Usuario registrado > A nombre propio (si eres persona natural) > Seleccionar el documento y digitar en NIT > Ingresa tu contraseña.
como descargar la información exógena
  • Cuando ingreses: Selecciona la opción en el tablero “Consultar la información exógena” > lees terminos y aceptas condiciones > Seleccionas el año a descargar > Consultar. Se descarga un archivo en excel.
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  • El siguiente paso es abrir el excel y empezar a leer la información.

Como leer el reporte de exógena: 

Aquí vamos a encontrar varios conceptos que pueden ser extraños, empecemos: 

Cuentas a favor del reportado o cuentas por cobrar:

Nos indica las cuentas por cobrar que tiene la persona a favor, estas aumentan el patrimonio y contablemente hacen parte de los activos. Se debe comparar esta información con los soportes para verificar los valores de tu realidad económica.

Deudas, pasivos o cuentas por pagar: 

Lo opuesto del concepto anterior, las cuentas por pagar disminuyen el patrimonio, debes verificar en el soporte (certificado del banco, entidad, persona) , este debe estar con fecha cierta, esto quiere decir tener cierta la fecha en que se suscribió el documento que se presenta como prueba.

En los certificados que brindan las entidades se pueden ver los saldos de las deudas al 31/dic del periodo gravable, lo cual debes declarar en el patrimonio.

Capital aportado en sociedades nacionales, tenga en cuenta que para su declaración de renta debe incluir el valor:

Este concepto también hace parte del patrimonio, pues son esos aportes a capital, acciones que la persona ha realizado en el año a una sociedad. Por ejemplo: los aportes realizados en los fondos de empleados, estos van a ir reportados en la información exógena, por lo cual debes tener presente en el soporte, el saldo al 31/dic de estos aportes para declararlo en tu patrimonio.

Esta información fue reportada por las Cámaras de Comercio según elartículo 31 de la Resolución 000124 de 2021.

Saldo de cuentas bancarias (titular principal) considerar solo lo que le corresponda:

Este concepto se refiere al saldo que queda al 31/dic en tu cuenta bancaria, ya sea de ahorros, corriente, a la mano, de bajo monto, etc, que los bancos han reportado a la DIAN, pero recuerda que debes verificar en los soportes (certificado anual, extractos, etc) para incluirlo en la parte patrimonial de la declaración de renta.

En el reporte de información exógena, también pueden estar otras entidades como los Fondos de empleados con este concepto, para lo cual aplica lo anteriormente mencionado.

Adquisición de bienes o derechos a través de actos reportados por notarías:

Las notarias están obligadas a reportar ante la DIAN la compra de activos registrados en las mismas, al igual que la enajenación (ventas). Esto significa que la persona ha comprado un activo, ya sea casa, vehículo, entre otros, esta adquisición va a aumentar el patrimonio del reportado, lo cual se debe declarar observando los documentos soportes (Escrituras, Registros, compraventa).

Avalúo y Auto Avalúo Catastral:

Este concepto es reportado generalmente por los municipios de acuerdo al artículo 36 de la Resolución 000124 de 2021, es muy importante en la información exógena pues de esto depende el tratamiento del activo para incluirlo en el patrimonio de las personas naturales, pero ten en cuenta que debes evaluar otros criterios antes de incluir este concepto como el valor del activo en el patrimonio.

Según lo anterior,  si eres persona natural no obligada a llevar contabilidad, debes declarar el activo por el mayor valor entre:

  • Costo de adquisición
  • Costo fiscal
  • Avalúo o auto avalúo catastral

Los contribuyentes obligados a llevar libros de contabilidad deben declarar los inmuebles por el costo fiscal. Art 277 del Estatuto Tributario.

Si quieres conocer a detalle otros conceptos como INGRESOS CESANTÍAS, CONSIGNACIONES, entre otros en este reporte..

En el siguiente video te explicamos de una forma didáctica como leer la información exógena:

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